¿Cómo reclamar una deuda? Guía completa
- Candor Asesores
- 2 feb
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Actualizado: 3 feb
Cobrar una deuda puede ser un proceso frustrante, pero existen mecanismos legales que pueden ayudarte a recuperar tu dinero (¡y no son demasiado complicados!). En este artículo, en Candor Asesores te respondemos a la pregunta "cómo reclamar una deuda" en tres fases -o posibilidades- principales para poder cobrar una deuda: la reclamación extrajudicial, el procedimiento monitorio y el proceso verbal u ordinario. También hablaremos sobre la prescripción de las deudas, un aspecto clave que no debes pasar por alto.

1. Reclamación extrajudicial:
La reclamación extrajudicial es el intento de resolver el problema sin acudir a los tribunales. Es rápida, económica y puede evitar conflictos mayores.
¿Cómo hacerlo?
Siempre por escrito y a través de algún medio que permita obtener pruebas de la fecha y hora de la reclamación, preferiblemente a través de correo electrónico. Es importante poder justificar también prueba de la recepción de la reclamación por parte del deudor.
Envía un burofax: se trata de una carta certificada que sew envía a través de un tercero (Correos, notificados, etc.) tiene validez legal y sirve para dejar constancia de tu reclamación. Incluye los datos del deudor, la cantidad adeudada, un plazo para el pago (por ejemplo, 7 o 10 días), advertencia de posibles acciones legales si no se cumple con el pago.
La principal ventaja del burofax es que la empresa que lo envía certifica el contenido de la carta y confirma con la firma del receptor su fecha y hora de entrega.
¿Sirve enviar un WhatsApp para reclamar la deuda?
Sí. El WhatsApp es un medio aceptado como prueba en caso de juicio. Es importante no eliminar las conversaciones para poder utilizarlas e incluso puedan ser verificado por un perito en caso de que la otra parte las impugne.
¿Y una llamada?
También es válido reclamar por llamada telefónica. Es necesario grabarla o contar con testigos que puedan verificar su existencia y contenido.
2. Procedimiento monitorio: rápido y eficaz
Si la reclamación extrajudicial no funciona, el siguiente paso es iniciar un procedimiento monitorio. Este es un proceso judicial sencillo diseñado específicamente para el cobro de deudas. Es un procedimiento interesante porque no es necesario estar asistido por un abogado ni representado por procurador para poder iniciarlo, lo que hace que sea verdaderamente interesante para quien no quiera generar más gastos para cobrar una deuda.
¿Cuándo utilizarlo?
La deuda debe ser líquida, vencida, exigible y estar documentada (facturas, albaranes, contratos, etc.).
Pasos:
Presenta una solicitud en el juzgado de primera instancia correspondiente al domicilio del deudor. Incluye la documentación que acredite la deuda.
El juzgado notifica al deudor, quien tiene 20 días para:
i. Pagar la deuda.
ii. Oponerse alegando razones para no pagar.
¿Qué ocurre después?
Si el deudor paga: El procedimiento finaliza.
Si no paga ni se opone: El juzgado dicta una resolución que permite iniciar el embargo de sus bienes (saldos bancarios, devoluciones de hacienda, bienes muebles o inmuebles, etc.).
Si se opone: El caso pasa a un juicio verbal u ordinario, según la cantidad (si la deuda es menor a 15.000 € será verbal y, si es mayor, ordinario).
3. Procedimiento verbal u ordinario: el último recurso
Como adelantábamos, deudas inferiores a los 15.000 € se tramitan a través del procedimiento verbal (mucho más corto y sencillo) y las que sean mayores a 15.000 € se deben reclamar mediante el procedimiento ordinario.
¿Cuáles son las diferencias?
Principalmente sus etapas. En el juicio ordinario hay un "paso" más que dar antes del juicio: la Audiencia Previa. Se trata de una vista oral que se hace con el juez en el que se fijan los hechos controvertidos del pleito y se determinan las pruebas que se van a practicar en el juicio (testigos, peritos, documentos, etc.)
En ambos casos es necesario acudir con abogado y procurador (salvo para deudas inferiores a 2.000 €, en las que la Ley de Enjuiciamiento Civil permite que cualquier ciudadano pueda defenderse por sí mismo).
Por último, ¿hasta cuándo puedo reclamar una deuda?
Las deudas no se pueden reclamar indefinidamente, existen unos plazos de prescripción de todas las responsabilidades civiles que deben ser tomados en cuenta para no perder el derecho a reclamar tus deudas.
Plazos de prescripción:
Deudas entre particulares: 5 años (10 años en Cataluña).
Deudas provenientes de servicios profesionales (abogados, conferencistas, etc.): 3 años.
¿Cómo interrumpir la prescripción?
Enviando alguna reclamación formal, como un burofax, puedes reiniciar el plazo de prescripción y mantener tu derecho a reclamar.
Recuperar una deuda no siempre es fácil, pero con los pasos adecuados puedes aumentar tus posibilidades de éxito. En Candor Asesores, te ayudamos a gestionar todo el proceso, desde la reclamación extrajudicial hasta los tribunales.
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